LEGAL LABORAL - REGISTRO OFICIAL

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA:

00025-2025 Se aprueba y se autoriza la publicación del Formulario de Evaluación Médica Ocupacional FEMO sus anexos, y el Instructivo para el llenado del Formulario de Evaluación Médica Ocupacional.............................................................. 6

RO 125 - S1 - 20250916

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MINISTERIO DEL TRABAJO: 

MDT-2025-102 

Se expide la Norma para la prevención y atención a todo caso de discriminación, violencia y acoso laboral en el sector privado .......................... 15

https://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiOGM4MjY1MTctZTk3ZC00ZDAzLThiNWEtODRlMjc1MjlkMzBhLnBkZiJ9



MINISTERIO DEL TRABAJO: 

MDT-2025-105 

Se expide la Norma para la certificación de sustitutos directos de personas con discapacidad.. 2

RO 110 - S3 - 20250826

https://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiNTBlMTc0NjAtMzllMC00ZjRkLWEzMjYtZGJiZDBhNzg4YTkwLnBkZiJ9


MINISTERIO DEL TRABAJO: 

MDT-2025-093 

Se expide la Norma para la prevención, protección y sanción de las faltas disciplinarias graves por discriminación, violencia y acoso laboral; y, acoso sexual laboral, en el ámbito laboral del SECTOR PÙBLICO................ 13

RO 103 - S6 - 20250815

https://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiZjM1MTUxYzktZDQyZi00M2QyLWE0MDktZmQxNzk3NmRlY2E1LnBkZiJ9


MINISTERIO DEL TRABAJO:

MDT-2025-084 Se expiden las normas para la organización, conformación y funcionamiento del Consejo Nacional de Trabajo y Salarios (CNTS) 18

RO 100 - S1 - 20250812


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MINISTERIO DEL TRABAJO:

 MDT-2025-082 

Se expide el Reglamento de organizaciones laborales para el ejercicio del derecho de libertad y autonomía sindical ....... 6

RO 99 - S2 - 20250808

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MINISTERIO DEL TRABAJO: 

MDT-2025-083 

Se reforma el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-013 de 19 de enero de 2024 .... 3

RO 99 - 20250801

“Ampliar hasta el 31 de diciembre de 2025, como fecha límite para que los empleadores del sector privado que cuenten con una nómina de 50 o más trabajadores, realicen el registro de los “Planes de Igualdad” ante el Ministerio del Trabajo, a través del Sistema Único de Trabajo (SUT).”.

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ASAMBLEA NACIONAL

Ley orgànica reformatoria Còdigo del Trabajo para dignificar el trabajo del hogar

RO 94 - S2 -  20250801

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ASAMBLEA NACIONAL

LEY ORGÁNICA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

RO 73 - S4 - 20250703

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Según la Ley Orgánica de las Personas con Discapacidad, las empresas en Ecuador tienen varias obligaciones al contratar personas con discapacidad:

  • Las empresas públicas o privadas que tengan un mínimo de 25 trabajadores están obligadas a contratar al menos un 4% de personas con discapacidad. Esta obligación incluye tanto trabajos profesionalizantes como no profesionalizantes.

  • El trabajo asignado a una persona con discapacidad debe corresponder a sus capacidades, potencialidades y talentos, garantizando su integridad en el desempeño de sus labores.

  • Las empresas deben realizar los ajustes razonables necesarios en el lugar de trabajo para proteger la salud y el bienestar de las personas con discapacidad.

  • Los empleadores deben proveer los implementos técnicos y tecnológicos necesarios para que las personas con discapacidad puedan cumplir con sus responsabilidades laborales, adecuando o readecuando su ambiente de trabajo.

  • Si el empleador ofrece servicio de transporte a sus trabajadores, las unidades de transporte deben contar con la accesibilidad adecuada.

  • Las personas en calidad de sustitutas (cuidadores) pueden ser parte de la cuota de inclusión laboral, pero los empleadores no pueden contratar más del 25% de su cuota total con estas personas.

NOTA IMPORTANTE

Esta nueva ley deroga a la anterior ley Orgánica de Discapacidades, publicada en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 796 de 25 de septiembre de 2012, que fue la ley que introdujo la indemnización de 18 meses por despido intempestivo de una persona con discapacidad.

No queda claro si esta indemnización ha sido eliminada


INDICE

  • TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES

    • CAPÍTULO I: OBJETO, ÁMBITO Y FINES - página 10

    • CAPÍTULO II: PRINCIPIOS RECTORES - página 12

    • CAPÍTULO III: PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y DEMÁS SUJETOS DE LEY - página 15

  • TÍTULO II: DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

    • CAPÍTULO I: NORMAS GENERALES - página 18

    • CAPÍTULO II: SALUD - página 20

  • CAPÍTULO IX: ACCESIBILIDAD A LA COMUNICACIÓN - página 50

  • CAPÍTULO XII: PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL - página 69

  • TÍTULO IV: SISTEMA NACIONAL DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - página 76

    • Artículo 116. Sistema Nacional de Protección Integral de las Personas con Discapacidad - página 76

    • Artículo 117. Organismos del sistema - página 76

    • Artículo 118. Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades - página 76



ASAMBLEA NACIONAL

LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A DIVERSOS CUERPOS LEGALES PARA GARANTIZAR LOS DERECHOS LABORALES DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, ENFERMEDADES RARAS, HUÉRFANAS, CATASTRÓFICAS Y DE ALTA COMPLEJIDAD Y SUS SUSTITUTOS

RO 64 - S5 - 20250620

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Resumen puntos mas importantes:

Con base en la "Ley Orgánica Reformatoria a Diversos Cuerpos Legales para Garantizar los Derechos Laborales de las Personas con Discapacidad, Enfermedades Raras, Huérfanas, Catastróficas y de Alta Complejidad y sus Sustitutos", los patronos en Ecuador deben cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Adaptación del Puesto de Trabajo: Los empleadores deberán realizar los ajustes razonables y necesarios en el puesto de trabajo para que el trabajador con una enfermedad rara, huérfana, catastrófica y de alta complejidad pueda desempeñar sus funciones. Esto incluye la modificación de horarios, teletrabajo, reducción de jornada laboral y adaptación de las condiciones físicas del lugar de trabajo asegurando un ambiente médicamente saludable.

  • Prohibición de Acoso y Discriminación: Los empleadores no podrán atentar contra los derechos de ninguna servidora o servidor de la institución mediante cualquier tipo de coacción, acoso o agresión. Esto incluye toda forma de acoso laboral motivado por una discapacidad o el padecimiento de enfermedades catastróficas, raras, huérfanas o de alta complejidad, con el fin de que la persona afectada se desvincule de su puesto de trabajo o se sienta intimidada por recibir sus tratamientos médicos.

  • Registro y Reporte: Los empleadores están obligados a registrar todos los casos de enfermedades raras, huérfanas, catastróficas y de alta complejidad diagnosticadas a sus trabajadores ante el Ministerio de Trabajo y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Deben garantizar la confidencialidad y protección de la información médica de los empleados.

  • Cuota de Contratación (Empresas Públicas): Las empresas públicas deben asegurar que al menos el 4% de su personal sea compuesto por personas con discapacidad o sus sustitutos, o personas con enfermedades catastróficas, raras, huérfanas o de alta complejidad o sus sustitutos.

  • Estabilidad Laboral: Los nombramientos provisionales otorgados a personas con discapacidad o sus sustitutos, a personas con enfermedades catastróficas, raras, huérfanas o de alta complejidad o sus sustitutos, y a mujeres embarazadas, no podrán ser cesados de sus funciones, salvo por razones previamente establecidas en la ley. La duración de estos nombramientos será hasta que se incorpore o reincorpore el titular de la partida correspondiente.

  • Licencia Médica (Sector Público): El servidor público con una discapacidad, enfermedad rara, huérfana, catastrófica o de alta complejidad, o un accidente grave, tiene derecho a licencias médicas remuneradas por el tiempo necesario para su tratamiento. Estas ausencias no se podrán descontar de su remuneración ni de sus vacaciones. Además, los servidores públicos con estas condiciones que residan en Galápagos o sus sustitutos tienen derecho a licencias médicas con goce de sueldo para recibir tratamiento en el continente, garantizando su reintegro automático al puesto de trabajo.

  • Aplicación de la Ley: La presente ley es de aplicación obligatoria tanto para el sector público como para el privado en Ecuador.

en el cuerpo de esta ley se reformaron otras leyes que no son exclusivamente laborales. Los cambios fueron los siguientes:

  • Código Orgánico de la Función Judicial: Se sustituyó la referencia a la "Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa" por la "Ley Orgánica del Servicio Público" en los artículos 43 y 102.

  • Ley Orgánica del Servicio Exterior:

    • Se sustituyó el literal b) del artículo 100.

    • Se sustituyó el artículo 207 para incluir que las leyes y reglamentos sobre el servicio público se aplicarán al personal de la carrera diplomática, en especial en lo referente al derecho a la estabilidad laboral reforzada para personas con discapacidad o sus sustitutas, para personas con enfermedad catastrófica, rara, huérfana o de alta complejidad o sus sustitutas, y para mujeres embarazadas.

    • En todas sus disposiciones se sustituyó la referencia a la “Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y Homologación de las Remuneraciones del Sector Público” por “Ley Orgánica del Servicio Público”.

  • Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización: Se sustituyó el artículo 360 para establecer que la administración del talento humano de los gobiernos autónomos descentralizados será autónoma y se regulará por la Ley del Servicio Público y las ordenanzas o resoluciones respectivas.


MINISTERIO DEL TRABAJO:

MDT-2025-054 Se reforma la Norma para la certificación de sustitutos de personas con discapacidad

MDT-2025-056 Se reforma el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-080

REFORMAR EL ACUERDO MINISTERIAL Nro. MDT-2024-080 MEDIANTE EL CUAL SE EXPDIÓ EL REGLAMENTO PARA LA PRESENTACIÓN, NEGOCIACIÓN Y SUSCRIPCIÓN DE CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO Y ACTAS TRANSACCIONALES EN EL SECTOR PRIVADO Y EN EL SECTOR PÚBLICO

RO 52 - 20250604

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MINISTERIO DEL TRABAJO 

ACUERDO No. MDT-2025-050 

SE EXPIDE LA REFORMA INTEGRAL AL ESTATUTO ORGÁNICO

RO 42 - S2 - 20250520

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MINISTERIO DEL TRABAJO: 

MDT-2025-053 

Se reforma el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2023-140, mediante el cual se expidió las normas generales aplicables al control de las obligaciones del empleador y los procedimientos de inspección 


RO 39 - S4 -  20250515


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ASAMBLEA NACIONAL

LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A VARIAS LEYES RESPECTO DE LA DISCRIMINACIÓN POR EDAD EN EL SISTEMA LABORAL

RO 38 - S7 - 20250514

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Una Ley velozmente simulada

Dr. Eduardo Carminiagni

Expreso. 23 mayo 2025






INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL: 

C.D. 692 

Se expide la reforma al artículo 46 del Reglamento del Seguro General de Riesgos del Trabajo, contenido en la Resolución No. C.D. 513 de 4 de marzo de 2016 

RO 28 - S5 - 20250429





MINISTERIO DEL TRABAJO: 

MDT-2025-047

 Se expiden los lineamientos para la aplicación de la Ley Orgánica para la Gestión Integral del Riesgo de Desastres y su Reglamento general en el ámbito de las competencias del MDT.......................................................................... 30

RO 24 - S2 - 20250423

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MINISTERIO DEL TRABAJO:

 MDT-2025-043 

Se reforma el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-041, mediante el cual se expidió el Reglamento que regula el trámite administrativo de visto bueno

RO 1 - S4 - 20250319

https://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiZDdiN2MxNTUtYzkzYS00Njc3LWJiYmQtMTE1YTM4Mjc4NDVjLnBkZiJ9


MINISTERIO DEL TRABAJO: 

MDT-2025-006 

Se expide el Reglamento para operativizar el proceso de cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica para la Igualdad Salarial entre Mujeres y Hombres.

RO 729 - S3 - 20250124

https://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiZWMzZDRiNTgtZTA0NC00MWUwLWI3YTktZjI2MGM1ZWFkY2E1LnBkZiJ9


INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL:

 C.D. 683

 Se expide la codificación y actualización del Reglamento Interno del Régimen de Transición del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte 

RO 726 - 20250121

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IESS

C.D. 687 

Se expide la reforma parcial al Reglamento Orgánico Funcional

C.D. 688 

Se expide el Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones en el Ecuador. 

RO 723  - S2 - 20250116

https://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiMzE0OGEzYzktNDQ3ZC00ZmFkLTk5NTYtMmY5ZTQ2OTg1Mjk4LnBkZiJ9




MINISTERIO DEL TRABAJO:

MDT-2024-196 

Se expiden las normas generales para  el cumplimiento y control de las obligaciones laborales de los empleados públicos y privados en materia de seguridad y salud en el trabajo

RO 691 - S4 - 20241126

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Socializaciòn MDT

https://www.youtube.com/live/vMvUxM_vl90?si=jMuoHirNT5S-eEDR





IESS 

C.D. 677 

Se expide el Reglamento General de Responsabilidad Patronal 

RO 683 - 20241114

 

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MINISTERIO DEL TRABAJO: 

MDT-2024-099 

Refórmese el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-013 de 19 de enero de 2024 .................. 61

RO 620 - S1 - 20240813

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MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS: 

ACU 031

Expídese la actualización del contenido de los anexos referentes al Procedimiento para la revisión y validación de los valores a cargo del Estado por concepto del 40% de pensiones jubilares y otros rubros a favor del IESS 

RO 611 - S1 - 20240730

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IESS

RES C.D.674

Refórmese la Resolución Nro. C.D 668 de 29 de diciembre de 2023 

Presupuesto 2024 IESS 

RO 618 - 240808

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Asamblea Nacional

LEY REFORMATORIA A LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL Y A LA LEY DEL BANCO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL

RO 605

20240722

Suplemento 1

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INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL: 

C.D. 672 

Apruébese el “Programa de Educación Financiera IESS” código No. IESS-DNSAC-PR-001, versión 1.0 

Año III - Nº 594 - 95 páginas Quito, viernes 5 de julio de 2024

Suplemento 1

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Ministerio del Trabajo

MDT AM 2024-080 

Expídese el Reglamento para la presentación, negociación y suscripción de contratos colectivos de trabajo y actas transaccionales en el sector privado y en el sector público

RO 582 

20240619

Suplemento 2

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LEY ORGÁNICA REFORMATORIA PARA LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN TODAS LAS MODALIDADES DE TRABAJO


Año III - Nº 559 - 25 páginas Quito, jueves 16 de mayo de 2024


Suplemento 1

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255 Expídese el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo ... 34


Año III - Nº 554 - 84 páginas Quito, jueves 9 de mayo de 2024

S2

http://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiOTY1OTIxNTItYWNhNy00MzgzLThkZDUtNGQ4MzkyOTVlNzRkLnBkZiJ9


RESOLUCIONES: INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL: C.D. 671 Refórmese la Resolución No. C.D. 658 .................................................... 31



Año III - Nº 557 - 53 páginas Quito, martes 14 de mayo de 2024

Expedir la REFORMA A LA RESOLUCIÓN No. C.D. 658 “REGLAMENTO DE ASEGURAMIENTO, RECAUDACIÓN Y GESTIÓN DE CARTERA”. Artículo 1. Sustituir el artículo 1 de la Resolución No. C. D. 658 por el siguiente texto: “Art. 164.- Del Acuerdo de Pago Parcial.- EI deudor que registre mora en el pago de aportes, fondos de reserva o responsabilidad patronal en estado de glosas y/o títulos de crédito hasta antes del sorteo, podrá acceder a la suscripción de un Acuerdo de Pago Parcial con plazo desde dos (2) hasta setenta y dos (72) meses, plazos que dependerán del monto de la deuda, de conformidad con la siguiente tabla


http://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiM2U0MWE1M2MtNzJkNC00YWY5LWIyYTYtYzcxOTQzMzg2OGVjLnBkZiJ9



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