LEGAL LABORAL - REGISTRO OFICIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA:
00025-2025 Se aprueba y se autoriza la publicación del Formulario de Evaluación Médica Ocupacional FEMO sus anexos, y el Instructivo para el llenado del Formulario de Evaluación Médica Ocupacional.............................................................. 6
RO 125 - S1 - 20250916
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MINISTERIO DEL TRABAJO:
MDT-2025-102
Se expide la Norma para la prevención y atención a todo caso de discriminación, violencia y acoso laboral en el sector privado .......................... 15
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MINISTERIO DEL TRABAJO:
MDT-2025-105
Se expide la Norma para la certificación de sustitutos directos de personas con discapacidad.. 2
RO 110 - S3 - 20250826
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MINISTERIO DEL TRABAJO:
MDT-2025-093
Se expide la Norma para la prevención, protección y sanción de las faltas disciplinarias graves por discriminación, violencia y acoso laboral; y, acoso sexual laboral, en el ámbito laboral del SECTOR PÙBLICO................ 13
RO 103 - S6 - 20250815
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MINISTERIO DEL TRABAJO:
MDT-2025-084 Se expiden las normas para la organización, conformación y funcionamiento del Consejo Nacional de Trabajo y Salarios (CNTS) 18
RO 100 - S1 - 20250812
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MINISTERIO DEL TRABAJO:
MDT-2025-082
Se expide el Reglamento de organizaciones laborales para el ejercicio del derecho de libertad y autonomía sindical ....... 6
RO 99 - S2 - 20250808
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MINISTERIO DEL TRABAJO:
MDT-2025-083
Se reforma el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-013 de 19 de enero de 2024 .... 3
RO 99 - 20250801
“Ampliar hasta el 31 de diciembre de 2025, como fecha límite para que los empleadores del sector privado que cuenten con una nómina de 50 o más trabajadores, realicen el registro de los “Planes de Igualdad” ante el Ministerio del Trabajo, a través del Sistema Único de Trabajo (SUT).”.
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ASAMBLEA NACIONAL
Ley orgànica reformatoria Còdigo del Trabajo para dignificar el trabajo del hogar
RO 94 - S2 - 20250801
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ASAMBLEA NACIONAL
LEY ORGÁNICA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
RO 73 - S4 - 20250703
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Según la Ley Orgánica de las Personas con Discapacidad, las empresas en Ecuador tienen varias obligaciones al contratar personas con discapacidad:
Las empresas públicas o privadas que tengan un mínimo de 25 trabajadores están obligadas a contratar al menos un 4% de personas con discapacidad
. Esta obligación incluye tanto trabajos profesionalizantes como no profesionalizantes . El trabajo asignado a una persona con discapacidad debe corresponder a sus capacidades, potencialidades y talentos, garantizando su integridad en el desempeño de sus labores
. Las empresas deben realizar los ajustes razonables necesarios en el lugar de trabajo para proteger la salud y el bienestar de las personas con discapacidad
. Los empleadores deben proveer los implementos técnicos y tecnológicos necesarios para que las personas con discapacidad puedan cumplir con sus responsabilidades laborales, adecuando o readecuando su ambiente de trabajo
. Si el empleador ofrece servicio de transporte a sus trabajadores, las unidades de transporte deben contar con la accesibilidad adecuada
. Las personas en calidad de sustitutas (cuidadores) pueden ser parte de la cuota de inclusión laboral, pero los empleadores no pueden contratar más del 25% de su cuota total con estas personas
.
NOTA IMPORTANTE
Esta nueva ley deroga a la anterior ley Orgánica de Discapacidades, publicada en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 796 de 25 de septiembre de 2012, que fue la ley que introdujo la indemnización de 18 meses por despido intempestivo de una persona con discapacidad.
No queda claro si esta indemnización ha sido eliminada
INDICE
TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I: OBJETO, ÁMBITO Y FINES
- página 10 CAPÍTULO II: PRINCIPIOS RECTORES
- página 12 CAPÍTULO III: PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y DEMÁS SUJETOS DE LEY
- página 15
TÍTULO II: DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
CAPÍTULO I: NORMAS GENERALES
- página 18 CAPÍTULO II: SALUD
- página 20
CAPÍTULO IX: ACCESIBILIDAD A LA COMUNICACIÓN
- página 50 CAPÍTULO XII: PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL
- página 69 TÍTULO IV: SISTEMA NACIONAL DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
- página 76 Artículo 116. Sistema Nacional de Protección Integral de las Personas con Discapacidad
- página 76 Artículo 117. Organismos del sistema
- página 76 Artículo 118. Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades
- página 76
ASAMBLEA NACIONAL
LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A DIVERSOS CUERPOS LEGALES PARA GARANTIZAR LOS DERECHOS LABORALES DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, ENFERMEDADES RARAS, HUÉRFANAS, CATASTRÓFICAS Y DE ALTA COMPLEJIDAD Y SUS SUSTITUTOS
RO 64 - S5 - 20250620
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Resumen puntos mas importantes:
Con base en la "Ley Orgánica Reformatoria a Diversos Cuerpos Legales para Garantizar los Derechos Laborales de las Personas con Discapacidad, Enfermedades Raras, Huérfanas, Catastróficas y de Alta Complejidad y sus Sustitutos"
Adaptación del Puesto de Trabajo: Los empleadores deberán realizar los ajustes razonables y necesarios en el puesto de trabajo para que el trabajador con una enfermedad rara, huérfana, catastrófica y de alta complejidad pueda desempeñar sus funciones
. Esto incluye la modificación de horarios, teletrabajo, reducción de jornada laboral y adaptación de las condiciones físicas del lugar de trabajo asegurando un ambiente médicamente saludable . Prohibición de Acoso y Discriminación: Los empleadores no podrán atentar contra los derechos de ninguna servidora o servidor de la institución mediante cualquier tipo de coacción, acoso o agresión
. Esto incluye toda forma de acoso laboral motivado por una discapacidad o el padecimiento de enfermedades catastróficas, raras, huérfanas o de alta complejidad, con el fin de que la persona afectada se desvincule de su puesto de trabajo o se sienta intimidada por recibir sus tratamientos médicos . Registro y Reporte: Los empleadores están obligados a registrar todos los casos de enfermedades raras, huérfanas, catastróficas y de alta complejidad diagnosticadas a sus trabajadores ante el Ministerio de Trabajo y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS)
. Deben garantizar la confidencialidad y protección de la información médica de los empleados . Cuota de Contratación (Empresas Públicas): Las empresas públicas deben asegurar que al menos el 4% de su personal sea compuesto por personas con discapacidad o sus sustitutos, o personas con enfermedades catastróficas, raras, huérfanas o de alta complejidad o sus sustitutos
. Estabilidad Laboral: Los nombramientos provisionales otorgados a personas con discapacidad o sus sustitutos, a personas con enfermedades catastróficas, raras, huérfanas o de alta complejidad o sus sustitutos, y a mujeres embarazadas, no podrán ser cesados de sus funciones, salvo por razones previamente establecidas en la ley
. La duración de estos nombramientos será hasta que se incorpore o reincorpore el titular de la partida correspondiente . Licencia Médica (Sector Público): El servidor público con una discapacidad, enfermedad rara, huérfana, catastrófica o de alta complejidad, o un accidente grave, tiene derecho a licencias médicas remuneradas por el tiempo necesario para su tratamiento
. Estas ausencias no se podrán descontar de su remuneración ni de sus vacaciones . Además, los servidores públicos con estas condiciones que residan en Galápagos o sus sustitutos tienen derecho a licencias médicas con goce de sueldo para recibir tratamiento en el continente, garantizando su reintegro automático al puesto de trabajo . Aplicación de la Ley: La presente ley es de aplicación obligatoria tanto para el sector público como para el privado en Ecuador
.
en el cuerpo de esta ley se reformaron otras leyes que no son exclusivamente laborales
Código Orgánico de la Función Judicial: Se sustituyó la referencia a la "Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa" por la "Ley Orgánica del Servicio Público" en los artículos 43 y 102
. Ley Orgánica del Servicio Exterior:
Se sustituyó el literal b) del artículo 100
. Se sustituyó el artículo 207 para incluir que las leyes y reglamentos sobre el servicio público se aplicarán al personal de la carrera diplomática, en especial en lo referente al derecho a la estabilidad laboral reforzada para personas con discapacidad o sus sustitutas, para personas con enfermedad catastrófica, rara, huérfana o de alta complejidad o sus sustitutas, y para mujeres embarazadas
. En todas sus disposiciones se sustituyó la referencia a la “Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y Homologación de las Remuneraciones del Sector Público” por “Ley Orgánica del Servicio Público”
.
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización: Se sustituyó el artículo 360 para establecer que la administración del talento humano de los gobiernos autónomos descentralizados será autónoma y se regulará por la Ley del Servicio Público y las ordenanzas o resoluciones respectivas
.
MINISTERIO DEL TRABAJO:
MDT-2025-054 Se reforma la Norma para la certificación de sustitutos de personas con discapacidad
MDT-2025-056 Se reforma el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-080
REFORMAR EL ACUERDO MINISTERIAL Nro. MDT-2024-080 MEDIANTE EL CUAL SE EXPDIÓ EL REGLAMENTO PARA LA PRESENTACIÓN, NEGOCIACIÓN Y SUSCRIPCIÓN DE CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO Y ACTAS TRANSACCIONALES EN EL SECTOR PRIVADO Y EN EL SECTOR PÚBLICO
RO 52 - 20250604
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MINISTERIO DEL TRABAJO
ACUERDO No. MDT-2025-050
SE EXPIDE LA REFORMA INTEGRAL AL ESTATUTO ORGÁNICO
RO 42 - S2 - 20250520
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MINISTERIO DEL TRABAJO:
MDT-2025-053
Se reforma el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2023-140, mediante el cual se expidió las normas generales aplicables al control de las obligaciones del empleador y los procedimientos de inspección
RO 39 - S4 - 20250515
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ASAMBLEA NACIONAL
LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A VARIAS LEYES RESPECTO DE LA DISCRIMINACIÓN POR EDAD EN EL SISTEMA LABORAL
RO 38 - S7 - 20250514
https://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiYjQ4ODM4ZjYtMzMwNi00YWYyLTllZjEtYmZiOTFlYzQxNmY4LnBkZiJ9
Una Ley velozmente simulada
Dr. Eduardo Carminiagni
Expreso. 23 mayo 2025
INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL:
C.D. 692
Se expide la reforma al artículo 46 del Reglamento del Seguro General de Riesgos del Trabajo, contenido en la Resolución No. C.D. 513 de 4 de marzo de 2016
RO 28 - S5 - 20250429
MINISTERIO DEL TRABAJO:
MDT-2025-047
Se expiden los lineamientos para la aplicación de la Ley Orgánica para la Gestión Integral del Riesgo de Desastres y su Reglamento general en el ámbito de las competencias del MDT.......................................................................... 30
RO 24 - S2 - 20250423
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MINISTERIO DEL TRABAJO:
MDT-2025-043
Se reforma el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-041, mediante el cual se expidió el Reglamento que regula el trámite administrativo de visto bueno
RO 1 - S4 - 20250319
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MINISTERIO DEL TRABAJO:
MDT-2025-006
Se expide el Reglamento para operativizar el proceso de cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica para la Igualdad Salarial entre Mujeres y Hombres.
RO 729 - S3 - 20250124
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INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL:
C.D. 683
Se expide la codificación y actualización del Reglamento Interno del Régimen de Transición del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte
RO 726 - 20250121
https://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiMzVkZjJiN2ItYjYyZC00MTI2LWFkNGYtZmI2ZDkwYTY1M2ZmLnBkZiJ9
IESS
C.D. 687
Se expide la reforma parcial al Reglamento Orgánico Funcional
C.D. 688
Se expide el Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones en el Ecuador.
RO 723 - S2 - 20250116
https://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiMzE0OGEzYzktNDQ3ZC00ZmFkLTk5NTYtMmY5ZTQ2OTg1Mjk4LnBkZiJ9
MINISTERIO DEL TRABAJO:
MDT-2024-196
Se expiden las normas generales para el cumplimiento y control de las obligaciones laborales de los empleados públicos y privados en materia de seguridad y salud en el trabajo
RO 691 - S4 - 20241126
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Socializaciòn MDT
https://www.youtube.com/live/vMvUxM_vl90?si=jMuoHirNT5S-eEDR
IESS
C.D. 677
Se expide el Reglamento General de Responsabilidad Patronal
RO 683 - 20241114
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MINISTERIO DEL TRABAJO:
MDT-2024-099
Refórmese el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-013 de 19 de enero de 2024 .................. 61
RO 620 - S1 - 20240813
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MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS:
ACU 031
Expídese la actualización del contenido de los anexos referentes al Procedimiento para la revisión y validación de los valores a cargo del Estado por concepto del 40% de pensiones jubilares y otros rubros a favor del IESS
RO 611 - S1 - 20240730
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IESS
RES C.D.674
Refórmese la Resolución Nro. C.D 668 de 29 de diciembre de 2023
Presupuesto 2024 IESS
RO 618 - 240808
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Asamblea Nacional
LEY REFORMATORIA A LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL Y A LA LEY DEL BANCO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL
RO 605
20240722
Suplemento 1
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INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL:
C.D. 672
Apruébese el “Programa de Educación Financiera IESS” código No. IESS-DNSAC-PR-001, versión 1.0
Año III - Nº 594 - 95 páginas Quito, viernes 5 de julio de 2024
Suplemento 1
http://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiOTJkZTEwMDQtYmIxNS00ZDE4LTlkNGMtZDZkMDNhMjg4ZWFhLnBkZiJ9
Ministerio del Trabajo
MDT AM 2024-080
Expídese el Reglamento para la presentación, negociación y suscripción de contratos colectivos de trabajo y actas transaccionales en el sector privado y en el sector público
RO 582
20240619
Suplemento 2
http://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiYzhkY2Y4NDktYTI5OC00ZDQyLWFjNzctY2VlNzgyZGI4MWQ0LnBkZiJ9
LEY ORGÁNICA REFORMATORIA PARA LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN TODAS LAS MODALIDADES DE TRABAJO
Año III - Nº 559 - 25 páginas Quito, jueves 16 de mayo de 2024
Suplemento 1
http://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiNzVkOWJiMDctZjA0Ni00MjI5LWEzOTYtMzcyNTgzNDhmYTI2LnBkZiJ9
255 Expídese el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo ... 34
Año III - Nº 554 - 84 páginas Quito, jueves 9 de mayo de 2024
S2
http://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiOTY1OTIxNTItYWNhNy00MzgzLThkZDUtNGQ4MzkyOTVlNzRkLnBkZiJ9
RESOLUCIONES: INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL: C.D. 671 Refórmese la Resolución No. C.D. 658 .................................................... 31
Año III - Nº 557 - 53 páginas Quito, martes 14 de mayo de 2024
Expedir la REFORMA A LA RESOLUCIÓN No. C.D. 658 “REGLAMENTO DE ASEGURAMIENTO, RECAUDACIÓN Y GESTIÓN DE CARTERA”. Artículo 1. Sustituir el artículo 1 de la Resolución No. C. D. 658 por el siguiente texto: “Art. 164.- Del Acuerdo de Pago Parcial.- EI deudor que registre mora en el pago de aportes, fondos de reserva o responsabilidad patronal en estado de glosas y/o títulos de crédito hasta antes del sorteo, podrá acceder a la suscripción de un Acuerdo de Pago Parcial con plazo desde dos (2) hasta setenta y dos (72) meses, plazos que dependerán del monto de la deuda, de conformidad con la siguiente tabla
http://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiM2U0MWE1M2MtNzJkNC00YWY5LWIyYTYtYzcxOTQzMzg2OGVjLnBkZiJ9